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Error de Query en Nuevo Registro
Bien, parece que los redactores de Villena.net se van acercando más a la noticias y a las verdades. Ahora pregúntense porqué Consellería se niega a realizar las obras de infraestructura de postrasvase en nucleos urbanos. ¿No será porqué se tiene que respetar una Norma orgánica o fundamental a la que se supeditan las demás de la CC Valenciana y del Estado español incuido el PROGARMA AGUA, que es el artículo 17 del nuevo Estatuto de Autonomía que dice expresamente y que entró en vigor el 11 de abril de 2006, en su artículo 17 que «se garantiza el derecho de los valencianos y valencianas a disponer del abastecimiento suficiente de agua de calidad. Igualmente, se reconoce el derecho a la redistribución de los sobrantes de aguas de cuencas excedentarias atendiendo a criterios de sostenibilidad de acuerdo con la Constitución y la legislación estatal»?
¿Porqué no se respeta lo dispuesto en el Estatuto de Autonomía que como Ley Orgánica del estado fue aprobado por el Congreso y el Senado también a la par que por los valencianos y valencianas? ¿Porqué no lo respetan ustedes Sra. Narbona y Sra. Vicenta Tortosa? Lo 1º es cumplir la ley y después hablenos del nuevo trasvase. Mire que sencillo.
¿Cómo se van a realizar unas obras pstrasvase por Consellería para un agua que no es potable, que no es apta para el consumo humano y no es el agua de suficiente calidad que reclama el estatuto? Con las otras aguas para riego y descontaminadas ya se encargarán las Asociaciones de usuarios de acordar con Consellería de agricultura y con Infraestructuras, siempre y cuando el ministerio de Narbona garantice la salubridad de agua de calidad en el trasvase. Si no, pues no hay tu tía.Ni I un euro. Lo prohibe el Estatuto.